Asociación Malagueña de Afectados Polio y Postpolio (AMAPyP)
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Proposición no de Ley relativa a las personas que sufren secuelas de polio y síndrome postpolio

17/2/2019

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El próximo día 21 de febrero, el Grupo Parlamentario Popular presentará, en la Comisión de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, una proposición no de Ley en el Congreso, relativa a las personas que sufren secuelas de polio y síndrome postpolio [161/004031], publicada en el Boletín Oficial de las Cortes Generales (Congreso de los Diputados), pág. 102.

P/NL 161/004031 personas co... by on Scribd


Medicamentos peligrosos, secuelas de polio y Pediatría, en la próxima Comisión de Sanidad

Siete puntos conforman el orden del día de la próxima Comisión de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.
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El próximo 21 de febrero los distintos grupos parlamentarios se reunirán en la Comisión de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.

Son un total de siete temas los que se van a abordar en esta cita:

  1. 161/2534 Reconocimiento de la cualificación de los cuidadores no profesionales del ámbito de la dependencia (GPP)
  2. 161/3233 Relativa a los centros de servicios sociales para personas mayores con personal formado en materia LGTBI (GPS)
  3. 161/3917 Relativa a la regulación de la promoción y publicidad de alimentos y bebidas dirigida a niños, niñas y adolescentes (GPUP)
  4. 161/4031 Relativa a las personas que sufren secuelas de polio y síndrome post polio (GPP)
  5. 161/4130 Protección de los actores en el sector sanitario y hospitalario en la preparación, transporte, administración y eliminación de residuos de medicamentos peligrosos (GPS)
  6. 161/4152 sobre Mejora del procedimiento para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en todo el ámbito nacional (GC´s)
  7. 161/4232 relativa a la consecución de avances en la pediatría de atención primaria en el Sistema Nacional de Salud (GPP)

Aunque al principio la Comisión iba a ser de comparecencias, finalmente la Mesa y la Junta de Portavoces han decidido que se lleva a cabo un Pleno con el debate de estas siete proposiciones no de ley.

  • Leído en: ConSalud.es
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El congreso pide al gobierno que incluya nuevas discapacidades en el listado para acceder a la jubilación anticipada

17/3/2018

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La Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad del Congreso de los Diputados aprobó este martes una proposición no de ley que pide al Gobierno que inicié un proceso para "incluir nuevas discapacidades" en el listado que establece la posibilidad de acceder a la jubilación anticipada.

La iniciativa, fruto de una enmienda de sustitución del PSOE y que se aprobó con 22 votos a favor y 14 abstenciones, insta al Gobierno a iniciar, en el plazo de tres meses y mediante los trabajos de una comisión mixta de expertos entre Estado y comunidades autónomas, "un proceso de revisión para determinar la procedencia de incluir nuevas discapacidades en el listado del artículo 2 del Real Decreto 1851/2009, de 4 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 161 bis de la Ley General de la Seguridad Social en cuanto a la anticipación de la jubilación de los trabajadores con discapacidad en grado igual o superior al 45%".

En este sentido, la proposición establece que en el estudio se incluirán, entre otras, "las enfermedades raras o poco frecuentes en las que pudieran concurrir los requisitos establecidos en el Real Decreto, como es el caso de la artrogriposis múltiple congénita".

La diputada de Esquerra Republicana de Catalunya Teresa Jordà i Roura, fue la encargada de defender esta proposición e hizo hincapié en que se lleve a cabo la actualización de este listado, porque son enfermedades que "repercuten gravemente en la calidad de vida de las que las padecen".
Por su parte, la diputada socialista Begoña Tundidor criticó que el baremo actual "no es lo bastante sensible", al tiempo que puso de manifiesto que "el reconocimiento de la discapacidad en estas enfermedades es demasiado tarde" y mientras tanto "el Gobierno ha mirado hacia otro lado".

PRESTACION POR MENORES AFECTADOS

Por otro lado, también se aprobó una proposición que tiene como objetivo actualizar el listado de enfermedades del Real Decreto 1148/2011, de 29 de julio, para la aplicación y desarrollo, en el sistema de la Seguridad Social, de la prestación económica por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave.
De esta manera, se insta al Gobierno a acordar, mediante orden ministerial, la incorporación de nuevas enfermedades al listado de enfermedades que figura en el anexo real decreto mencionado cuando, previos los estudios e informes correspondientes, se trate de enfermedades graves que requieran el cuidado directo, continuo y permanente del menor por los progenitores, adoptantes o acogedores, durante su ingreso hospitalario, de larga duración, y tratamiento continuado de la enfermedad; todo ello según lo previsto en la disposición final tercera.

Asimismo, pide que se valore el el establecimiento de una cláusula residual general que pudiera determinar la inclusión de enfermedades graves e invalidantes, incuestionables a la vista de los informes pediátricos, evitando la posible interpretación de la lista como númerus clausus.

Por último, se pide que en tanto se modifique la norma, facilitar instrucciones a las Mutuas Colaboradoras para que resuelvan positivamente las solicitudes de prestaciones destinadas a los progenitores, adoptantes o acogedores que reducen su jornada de trabajo para el cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, cuando de las pruebas diagnósticas se deduzca que el menor padece una enfermedad grave que requieran el cuidado directo, continuo y permanente.


Leído en EcoDiario.
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El PSOE valora que el Gobierno andaluz "sigue avanzando en derechos sociales en Andalucía"

22/2/2018

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José Luis Ruiz Espejo y María José Sanchez sobre las nuevas leyes sociales PSOE
El secretario general del PSOE de Málaga, José Luis Ruiz Espejo, ha destacado este miércoles ante más de una treintena de colectivos y asociaciones que el Gobierno andaluz, que preside Susana Díaz, "sigue avanzando en derechos sociales en Andalucía".

Así lo ha asegurado Ruiz Espejo, que ha participado en un acto celebrado en la sede de la ONCE en la capital en el que también han estado el portavoz socialista en el Ayuntamiento de Málaga, Daniel Pérez; y la portavoz socialista de Igualdad en el Parlamento de Andalucía, Soledad Pérez.

Para Ruiz Espejo, la apuesta social de la Junta se concreta en la creación de tres nuevas leyes, como son, ha dicho, la Ley autonómica de Renta Mínima de Inserción Social, la de Atención a la Discapacidad y la de Servicios Sociales. En el caso de la primera, ha asegurado que la iniciativa del Gobierno andaluz "beneficiará a 7.700 familias en la provincia de Málaga", dentro de la estrategia de la Junta "de seguir ampliando derechos y de demostrar que hay otra forma de gobernar pese a la situación económica que existe a nivel general en el conjunto español".

En este punto, ha incidido en que el Estado del bienestar "es el gran patrimonio que tenemos en Andalucía" incidiendo, además, que "incluso en tiempos de crisis se ha permitido crear una arquitectura para proteger a la ciudadanía con menos recursos para conservar su cuarto pilar y es una apuesta que hoy queremos compartir con todos los colectivos y asociaciones de la provincia de Málaga".

Por ello, dentro de la campaña #ConquistandoDerechos, los socialistas andaluces han desarrollado una agenda de actos por toda la comunidad autónoma y por la provincia con especial hincapié en informar a los colectivos que trabajan con las personas en mayor situación de vulnerabilidad. "Son los principales destinatarios de estas tres leyes", ha concluido.

Por su parte, la consejera de Igualdad de la Junta, María José Sánchez Rubio, ha reivindicado la importancia de consolidar los "derechos de ciudadanía" dentro de los servicios sociales que se prestan a los ciudadanos.

"Al igual que ocurre con la salud, para los socialistas dar a acceso universal a toda la ciudadanía con determinados problemas sociales es una ayuda que debemos cubrir desde lo público con prestaciones garantizadas, colocamos a las personas en el centro de la acción política", ha valorado, al tiempo que ha explicado que, dentro del catálogo de servicios, se incluye la Renta Mínima de Inserción Social y la Atención a las Personas con Discapacidad.

En este sentido, ha agregado que desde la Junta "seguimos trabajando en esta materia", recordando que este pasado martes se aprobó el decreto que regula la contratación social "lo que garantiza, en igualdad de oportunidades, trabajar con la iniciativa no lucrativa y con el tejido asociativo en materia de contratación pública, dando cercanía y representatividad a colectivos destacados como el de los discapacitados, que incluye a 700.000 personas en nuestra tierra, o de 120.000 personas en el caso de la Renta Mínima".

Para ello, ha asegurado Sánchez Rubio, la Junta de Andalucía ha previsto un gasto de 1.300 millones de euros para el desarrollo de la Ley de Atención a la Discapacidad o de 200 millones de euros para el desarrollo de la Renta Mínima de Inserción Social en 2018. "No hablamos sólo de una declaración de intenciones, son políticas que tienen consagrado ya unos presupuestos que están aprobados y que dan estabilidad a Andalucía", ha concluido.

Leído en 20 minutos.
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El Supremo establece en un 45% el mínimo de discapacidad para la jubilación anticipada

15/2/2018

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* Se aplicará siempre que la valoración de su carencia no haya variado durante un tiempo suficiente.
* Afecta a todos aquellos ciudadanos incluidos en el decreto 1851/ 2009, relativo a, entre otros colectivos, las víctimas de la talidomida.

El Tribunal Supremo ha aceptado que quienes padezcan un mínimo del 45% en su grado de discapacidad podrán acceder a la jubilación anticipada siempre que la valoración de su carencia no haya variado durante un tiempo suficiente, debido a que se les podrá aplicar el decreto que así lo fija.

La sentencia que señala esta doctrina, que ha sido divulgada por la Asociación El Defensor del Paciente y por la Asociación de Víctimas de la Talidomida (Avite), afecta a todos aquellos ciudadanos incluidos en el decreto 1851/ 2009, relativo a, entre otros colectivos, las víctimas de la talidomida.

El citado decreto afecta a las personas que padezcan una discapacidad en relación con las siguientes enfermedades: "Discapacidad intelectual (antes retraso mental), parálisis cerebral, síndrome de Down, síndrome de Prader Willi, síndrome X frágil, osteogénesis imperfecta, acondroplasia, Fibrosis Quística, Enfermedad de Wilson, Trastornos del espectro autista, anomalías congénitas secundarias a Talidomida, secuelas de polio o síndrome postpolio".

En síntesis, nuestro Tribunal Supremo (TS) se hace eco de aquellas situaciones en las que se encuentran muchos trabajadores a quienes, padeciendo alguna de estas enfermedades y un grado de discapacidad superior o igual al 45% a la fecha de solicitud de la jubilación anticipada, no les había sido concedida ésta porque no acreditaban haber trabajado 15 años desde que padecen la discapacidad.
Leído en 20 minutos.
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Ley de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía

6/10/2017

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Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía.
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El PNV quiere mejorar los subsidios para personas con Enfermedades Raras

6/12/2016

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Ha presentado una batería de medidas en la Comisión de Sanidad del Senado que también contempla leyes laborales
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José María Cazalis ha presentado a la Comisión de Sanidad del Senado varias mociones dirigidas a mejorar los subsidios y las leyes laborales para las personas que sufren alguna de las denominadas Enfermedades Raras. El senador de EAJ-PNV ha evidenciado que en determinados casos las prestaciones que ofrece el Estado presentan exigencias excesivamente restrictivas para las condiciones de este grupo de ciudadanos que les deja fuera de estas ayudas.

En primer lugar, el senador ha reclamado al Gobierno del Estado modificar el Real Decreto 1148/2011 que regula la prestación económica destinada a los progenitores que necesitan reducir su jornada laboral para atender a sus hijos o hijas, y cuya actual indefinición genera que las aseguradoras realicen interpretaciones desestimatorias abusivas. "Entendemos que debe ser exigible un ingreso hospitalario previo, pero este no ha de ser necesariamente de larga duración, ni precedente inmediato a la situación de necesidad de cuidados domiciliarios continuos y permanentes”, explica el senador.

Una segunda moción del senador, apela a que no se vincule la extinción del anterior subsidio a que el afectado alcance su mayoría de edad, como recoge el anteriormente citado Real Decreto 1148/2011. En su lugar, Cazalis reclama vincular el fin de esa ayuda únicamente a la desaparición de la necesidad del cuidado directo, continuo y permanente del paciente, bajo los criterios recogidos en el propio Real Decreto.

Las mejoras planteadas por el representante de EAJ-PNV también alcanzan a los perjuicios derivados por los desplazamientos que se ven obligados a realizar los afectados y sus familiares para ser atendidos o intervenidos en los hospitales. La reducción en la edad de jubilación también requiere, en opinión del senador, de una adecuación en el caso de las personas afectadas por alguna enfermedad rara. Así, ha solicitado modificar el Artículo Uno del Real Decreto 1851/2009 para que permita que el grado de discapacidad del 45 por ciento exigible deba ser acreditado en el momento de la solicitud de la prestación y no durante todo el periodo mínimo de cotización, como exige en la actualidad. Asimismo, debería reducir el periodo mínimo de cotización de 15 años de manera proporcional a la reducción de la esperanza de vida del trabajador afectado.
Leído en Redacción Médica.
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El PSOE pide rebajar el grado de discapacidad exigido para anticipar la jubilación

5/11/2016

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MADRID, 04 (SERVIMEDIA)

El Grupo Parlamentario Socialista ha presentado en el Congreso de los Diputados una proposición no de ley en la que insta al Gobierno a rebajar el grado de discapacidad exigido para anticipar la edad de jubilación.

La iniciativa socialista reclama al Ejecutivo "revisar el Real Decreto 1851/2009, de 4 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 161 bis de la Ley General de la Seguridad Social, para que el grado de discapacidad que se exige durante el tiempo equivalente al período mínimo de cotización para poder acceder a la pensión de jubilación, sea igual o superior al 33%, sin perjuicio de que se mantenga la exigencia de un grado igual o superior al 45% en el momento de la solicitud".


Leer más en El Economista.es
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Beneficios y ayudas para personas con discapacidad (OADIS, abril 2016)

9/9/2016

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La Oficina de Atención a la Discapacidad (OADIS) es un órgano consultivo de carácter permanente y especializado del Consejo Nacional de la Discapacidad, que presta servicios de asesoramiento, estudios y análisis de consultas, quejas o denuncias presentadas por las personas con discapacidad.

Entre sus publicaciones, encontramos la que sigue, que compartimos en nuestro Blog.
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Una nueva proposición no de ley para la jubilación anticipada de los trabajadores con discapacidad

15/3/2015

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El PSOE pide mejorar el acceso a la jubilación anticipada a los trabajadores con discapacidad

El PSOE ha registrado una proposición no de ley en el Congreso para mejorar las condiciones de acceso a la jubilación anticipada para los trabajadores con discapacidad.
En concreto, la iniciativa pide al Ejecutivo que revise la legislación vigente para que "el grado de discapacidad que se exige durante el tiempo equivalente al período mínimo de cotización para poder acceder a la pensión de jubilación sea igual o superior al 33%, sin perjuicio de que se mantenga la exigencia de un grado igual o superior al 45% en el momento de la solicitud".
La normativa a la que se refiere la propuesta socialista es el decreto 1851/2009, por el que se desarrolla el artículo 161 bis de la Ley General de la Seguridad Social.
Dicho decreto se aplica a las personas con anomalías genéticas; otras derivadas de la talidomida, secuelas de polio y síndrome postpolio; daño cerebral; y determinadas enfermedades mentales y neurológicas. Según los Todas ellas son discapacidades en las que concurren evidencias que determinan de forma generalizada y apreciable una reducción de la esperanza de vida y que podrán dar lugar a la anticipación de la edad de jubilación a los 56 años.
"EXPULSA" A BENEFICIARIOS
Entre los requisitos que deben reunir estas personas para acceder a la jubilación anticipada, la normativa establece que "el grado igual o superior al 45 por ciento lo hayan tenido durante todo el tiempo equivalente al período mínimo de cotización (15 años) que se exige para poder acceder a la pensión de jubilación".
A juicio de las diputadas socialistas Mar Arnáiz y Esperança Esteve, encargadas de presentar la iniciativa de su partido, esta exigencia "expulsa de la aplicación de las ventajas del Decreto 1851/2009 a muchas de las personas cuyas circunstancias encajan en el supuesto que se pretende proteger", ya que "la normativa exige que tengan reconocido al menos un 45% de discapacidad durante un mínimo de 15 años de cotización".
REIVINDICACIONES DEL SECTOR
Sin embargo, argumentan, en casos como el de los afectados por las secuelas de polio o síndrome postpolio, se calificó a estas personas como ciudadanos con discapacidad, pero no se les revisó el grado concreto que tenían, porque sólo los que superaran un 75% podían acceder a alguna prestación del sistema de la Seguridad Social.
Pero, añaden las diputadas, en estos momentos, la mayoría de estas personas superan con creces el grado de 45% de discapacidad.
Finalmente, el PSOE afirma que su proposición no de ley responde a las reivindicaciones de los colectivos representativos de las personas con discapacidad, como el Comité de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) o la Federación Española de Asociaciones de Polio y sus efectos tardíos (Feapet), que han apoyado esta demanda.
Leído en Teinteresa.es

  • Esta proposición puede leerse y descargarse en el siguiente enlace de FEAPET:
http://feapet.org/images/stories/noticias/2015/jubilacions_trabajadores_con_discapacidad.pdf
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Deducciones a familias numerosas y personas con discapacidad a cargo

7/1/2015

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Familias numerosas o con discapacidad pueden pedir desde hoy las nuevas ayudas fiscales

- Se incluirán en la declaración del IRPF  del 2015, a presentar en 2016.
- Se regularizarán las cantidades percibidas como anticipo.
- Desde hoy, por internet, y presencialmente desde el 3 de febrero.


Las familias numerosas y las que tengan ascendentes o descendientes con discapacidad a su cargo pueden desde este miércoles solicitar a la Agencia Tributaria el abono anticipado de las nuevas deducciones en el IRPF que incorpora la reforma fiscal que entró el vigor el 1 de enero.

Las deducciones se incluirán en la declaración anual de IRPF del 2015, a presentar en 2016, donde se regularizarán las cantidades que se hubieran percibido como abono anticipado. En concreto, la solicitud se pueden presentar por Internet o teléfono desde este 7 de enero y presencialmente desde el 3 de febrero.

La Agencia Tributaria ha comenzado ya a enviar cartas informativas a los beneficiarios potenciales, en las que recoge los requisitos y procedimiento para la percepción mensual de estos impuestos negativos.

La solicitud del pago anticipado se podrá realizar de manera colectiva o individual mediante la presentación de un nuevo modelo (el 143), por cada una de las deducciones, acumulables entre sí, a las que los beneficiarios tengan derecho (100 euros mensuales por familia numerosa y por cada descendiente y ascendiente con discapacidad; 200 euros en el caso de familias numerosas de categoría especial).

Las deducciones, que podrán alcanzar los 1.200 euros anuales por cada descendiente o ascendiente con discapacidad y por familia numerosa, y los 2.400 euros en el caso de familias numerosas de categoría especial, se calcularán de forma proporcional al número de meses en que se cumplan los requisitos.

Desde Hacienda recuerdan que los requisitos son realizar una actividad por la que se cotice a la Seguridad Social o mutualidad alternativa y tener derecho a la aplicación del mínimo por descendiente o ascendiente con discapacidad, o ser ascendiente o hermano huérfano de padre y madre formando parte de una familia numerosa.

El límite para cada una de las deducciones serán las cotizaciones y cuotas totales a la Seguridad Social y mutualidades devengadas en cada período impositivo. Si se tuviera derecho a la deducción por contar con varios ascendientes o descendientes con discapacidad, el límite se aplicará de forma independiente respecto de cada uno de ellos.

  • Leído en El Mundo.

En la Agencia Tributaria podemos encontrar toda la información.


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http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/La_Agencia_Tributaria/Campanas/_Campanas_/Impuesto_sobre_la_Renta_de_las_Personas_Fisicas__IRPF_/_INFORMACION/Reforma_Renta_2015/Minimo_personal_y_familiar/Minimo_por_discapacidad.shtml
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Asociación Malagueña de Afectados Polio y Postpolio "AMAPyP"
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